Documentación imprescindible para tener tu caballo en regla en Baleares

Según la normativa vigente en España y las regulaciones de la Comunidad Autónoma Balear, para tener tu caballo en regla es imprescindible desde el punto de vista de:

  1. La identificación:
  • El caballo debe tener implantado un microchip que se pueda leer correctamente
  • El animal debe estar registrado en una base de datos central
  • El equino debe poseer un pasaporte acorde con la normativa vigente en el momento de su nacimiento, en el que se incluya su microchip y los datos de su propietario actualMontaje pasaportes

Para ello, el propietario debe acudir al organismo emisor que corresponda en función de la Raza del animal. Si se trata de un animal de Raza Pura, los organismos emisores son las Asociaciones de Criadores oficialmente reconocidas por el MAGRAMA para la gestión de los Libros Genealógicos. Y si se trata de un équido de crianza y renta, no registrado en un Libro Genealógico oficial, el organismo emisor es el Colegio Oficial de Veterinarios de las Islas Baleares.

  1. La sanidad:

Todos los equinos (machos y hembras), de cualquier edad, deben tener obligatoriamente una Tarjeta Sanitaria Equina en vigor. Este documento es emitido por los responsables de la Comunidad Autónoma, debe ser renovado anualmente y siempre que se realice un cambio de titularidad del animal, y es imprescindible para el libre movimiento entre islas. Es obligatorio tener un número de Tarjeta Sanitaria Equina asociada a cada équido aunque no se vaya a mover de su ubicación, ya que todos los animales deben estar declarados a la Comunidad Autónoma por razones de control sanitario. La Tarjeta Sanitaria Equina va siempre asociada a un código de Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) obligatorio para que las ganaderías se encuentren en una situación legal.

Ser propietario de un équido es una gran responsabilidad desde el punto de vista legal. Por ello, para asegurar el adecuado registro de toda la información referente a la titularidad de los animales, todas las bajas de animales por muerte o sacrificio y todos los cambios de titularidad deben ser notificados a los organismos competentes para su registro, presentando la documentación que se solicita en cada caso.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza Cookies propias y de terceros de análisis para recopilar información con la finalidad de mejorar nuestros servicios, así como para el análisis de su navegación. Si continua navegando, supone la aceptación de la instalación de las mismas. El usuario tiene la posibilidad de configurar su navegador pudiendo, si así lo desea, impedir que sean instaladas en su disco duro, aunque deberá tener en cuenta que dicha acción podrá ocasionar dificultades de navegación de la página web.



CÓMO CONFIGURAR

ACEPTAR